Asesoría
Personal
Costos de asesoría
Cobertura
Area Derecho Público y Administrativo
El área de Derecho Administrativo de Derecho y Propiedad S.A., se encuentra conformada por un equipo de Abogados especialistas….
Área Derecho de Familia
Es nuestra responsabilidad ilustrar a los usuarios frente a sus Derechos, Deberes y Obligaciones en su entorno familiar..
Área Derecho Penal y Penal Militar
Esta área se caracteriza por brindar asesoría y asistencia jurídica dentro de trámites procesales que se adelanten ante …
Área Derecho Civil y Laboral
En esta área de la organización se adelantan todos los trámites y representaciones procesales de carácter civil, comercial….
Servicios Académicos
El CENTRO DE ESTUDIOS DERECHO Y PROPIEDAD S.A., es una institución de carácter privado construido sobre las bases…
NUESTRA HISTORIA

– En el año 1990
Se constituyó la empresa Derecho y Propiedad S.A. para ofrecer servicios jurídicos especializados con el fin de satisfacer las necesidades de nuestros clientes.
– Para el año 2008
Se creó el Centro de Estudios Jurídicos Derecho y Propiedad S.A., como Institución para el Trabajo y Desarrollo Humano, con la finalidad de contribuir a la actualización normativa y a las necesidades de la sociedad en general, apoyando a la gestión de paz, la sana convivencia, el desarrollo económico y social de la nación como parte de la responsabilidad social empresarial.
– DERECHO Y PROPIEDAD S.A.,
Es una empresa que desde 1990 brinda asesoría, asistencia y representación legal con profesionales especializados en las diferentes áreas del derecho, con amplia experiencia en el litigio y cuyo objetivo principal es satisfacer con responsabilidad y eficiencia, los intereses jurídicos de nuestros clientes, guiados por los valores corporativos de Respeto, Transparencia, Honestidad y Responsabilidad.
EXPERIENCIAS JURÍDICAS

EN EL CEDYP PUEDES CONTAR CON ALIADOS PARA DEFENDER TU PATRIMONIO EN PROCESOS LABORALES
El pago de honorarios se puede reclamar siempre y cuando se cuente con el material probatorio suficiente para demostrarle al juez que efectivamente existió un contrato de obra que generó el pago de remuneraciones por servicios personales prestados sobre cualquier relación que los origine
En este caso, el afiliado al CEDYP fue demandado en proceso ordinario laboral de única instancia para el reconocimiento de honorarios por la suma de diez millones de pesos m/cte. ($10.000.000). En el desarrollo del proceso, la abogada laboralista Olga Esperanza Hernández Borda, defendió de tal manera a nuestros representados que con el acervo probatorio obrante al expediente y el interrogatorio absuelto por la parte demandante, el fallador declaró probada la excepción de mérito cobro de lo no debido y absolvió a nuestro representado de todas y cada una de las pretensiones incoadas por el demandante, todo gracias a la experiencia y profesionalismo de nuestros abogados especializados.
DISCIPLINARIO ORDINARIO
El señor J.G.J es notificado de la apertura de un proceso ante Inspección de Policía tercera de Soacha, puesto que se evidencio una presunta infracción urbanística, a lo que el área de derecho público realizó el acompañamiento a audiencia pública, brindándole asesoría de cómo se tenía que realizar el desarrollo de la audiencia, posterior a esto la inspección de policía decretó el archivo del proceso por principio de favorabilidad hacia el usuario ya que se determinó que la afectación a los derechos y libertades no son superiores al beneficio perseguido.
IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD – CLAVES: LA CIENCIA Y LA OPORTUNIDAD
El proceso de impugnación de paternidad busca desvirtuar legalmente la paternidad de un hijo, basándose en la duda sobre la filiación biológica. Su objetivo es que un juez determine la verdad sobre la paternidad a través de pruebas, principalmente de ADN, y corrija el registro civil de nacimiento si se confirma que la persona registrada no es el padre biológico.
Sin embargo, en este proceso es clave presentar la demanda a tiempo pues la ley señala que sólo se puede impugnar la paternidad dentro de los 140 días siguientes al reconocimiento o a la fecha en que se enteró que probablemente no era el padre.
Nuestro usuario xxx consulta en el área de derecho privado, toda vez que, había sido notificado del resultado de una prueba biológica que le excluía de la paternidad que quien creyó que era su hija por 12 años.
Tras verificar que el resultado provenía de un laboratorio de biología molecular, certificado por la ONAC, lo cual garantizaba su competencia, metodología y control de calidad, la abogada Elisabeth Quiceno Castaño procedió de manera inmediata a radicar la demanda.
Ante la contundencia de la prueba biológica y la oportuna presentación de la demanda, la progenitora, aunque intentó inducir la duda al despacho, no tuvo argumentos científicos para objetar la prueba y el juez sin más consideración profirió sentencia anticipada declarando que nuestro usuario no era el padre de la menor y ordenando a la madre que procediera en garantía de los derechos fundamentales de su hija, a iniciar las acciones correspondientes a fin de garantizar su real filiación.
Centro de Estudios Derecho y Propiedad S.A. 35 años acompañando a nuestros usuarios en sus más duras pruebas y velando por sus derechos.
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