Asesoría
Personal
Costos de asesoría
Cobertura
Area Derecho Público y Administrativo
El área de Derecho Administrativo de Derecho y Propiedad S.A., se encuentra conformada por un equipo de Abogados especialistas….
Área Derecho de Familia
Es nuestra responsabilidad ilustrar a los usuarios frente a sus Derechos, Deberes y Obligaciones en su entorno familiar..
Área Derecho Penal y Penal Militar
Esta área se caracteriza por brindar asesoría y asistencia jurídica dentro de trámites procesales que se adelanten ante …
Área Derecho Civil y Laboral
En esta área de la organización se adelantan todos los trámites y representaciones procesales de carácter civil, comercial….
Servicios Académicos
El CENTRO DE ESTUDIOS DERECHO Y PROPIEDAD S.A., es una institución de carácter privado construido sobre las bases…
NUESTRA HISTORIA

– En el año 1990
Se constituyó la empresa Derecho y Propiedad S.A. para ofrecer servicios jurídicos especializados con el fin de satisfacer las necesidades de nuestros clientes.
– Para el año 2008
Se creó el Centro de Estudios Jurídicos Derecho y Propiedad S.A., como Institución para el Trabajo y Desarrollo Humano, con la finalidad de contribuir a la actualización normativa y a las necesidades de la sociedad en general, apoyando a la gestión de paz, la sana convivencia, el desarrollo económico y social de la nación como parte de la responsabilidad social empresarial.
– DERECHO Y PROPIEDAD S.A.,
Es una empresa que desde 1990 brinda asesoría, asistencia y representación legal con profesionales especializados en las diferentes áreas del derecho, con amplia experiencia en el litigio y cuyo objetivo principal es satisfacer con responsabilidad y eficiencia, los intereses jurídicos de nuestros clientes, guiados por los valores corporativos de Respeto, Transparencia, Honestidad y Responsabilidad.
EXPERIENCIAS JURÍDICAS

LA INMEDIATEZ EN LAS TUTELAS POR VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO SE DEBE ANALIZAR EN CADA CASO
A la señora L.J.R.J se le impuso sanción contravencional de la que solo se enteró 4 años después por una indebida notificación. Frente a esta violación a su derecho a defenderse encontró viable el abogado Julian Jimenez Fonseca, interponer tutela en la que se alegó esta situación. Lamentablemente el juzgado 2 civil municipal de sabaneta, negó la tutela señalando que no se daba el requisito de inmediatez, que máximo es de 6 meses, ya que habían transcurrido 4 años desde la sanción impuesta. Establece el abogado a cargo que el despacho analizó erróneamente el asunto, ya que al ser la notificación inexistente y solo haberse enterado la tutelante recientemente de ello, no era posible exigirle que se hubiere presentado antes la tutela, razón por la que se impugna esta decisión, correspondiendo al juzgado 1 civil del circuito de envigado, decidir, logrando que se revocara la decisión y que se fallara a favor de nuestra representada ordenando notificar en debida forma y por ende dar la posibilidad de ejercer defensa frente al mismo, eso si aún está en término, porque si ello ocurriera se tendrá que analizar si hay acciones caducadas o prescritas que no permitan adelantar o imponer la sanción.
LA DUDA RAZONABLE
Dio origen al proceso la denuncia interpuesta ante la Fiscalía el día 20 de agosto de 2019 por la señora FARO, madre de la menor KMBR, hija del afiliado, quien manifiesta que recibe llamada del colegio donde estudia la niña y se le informa que la menor presenta hematomas en la cara, las orejas y estómago y, que al indagarla, esta manifiesta que fue su padre quien la golpeó. Motivo por el cual la denunciante decide acudir a las autoridades tanto fiscalía como Comisaria de Familia, argumentando que fue el padre de la menor el autor de esta conducta que se configura bajo el delito de violencia intrafamiliar.
La estrategia de defensa se encamino en desvirtuar los elementos materiales probatorios llevados a juicio por parte de la Fiscalía y demostrar con las pruebas de la defensa que no existía responsabilidad penal del afiliado por los hechos y el delito imputado.
En sentencia de primera instancia, el despacho profirió sentencia absolutoria a favor de nuestro usuario, contra la cual no se interpuso recurso alguno.
SE PUEDE LEVANTAR PATRIMONIO DE FAMILIA AÚN SI HAY HIJOS MENORES DE EDAD. EN DERECHO Y PROPIEDAD S.A. LE ADELANTAMOS ESE TRÁMITE.
La señora M.P.M.P. y el señor C.A.H.I casados y con un menor hijo, son propietarios de un inmueble, el cual deciden vender, para comprar en otra parte y mejorar sus condiciones de vivienda y las de su familia, pero el mismo tiene patrimonio de familia en favor de ellos y de sus hijos, lo que limita la posibilidad de vender. Derecho y Propiedad S.A. con abogada asignada Dra. Andrea Jativa, en representación de los cónyuges, inicia acción judicial en el juzgado 10 de Cali, despacho que después de adelantar la acción pertinente y presentar los soportes jurídicos necesarios para probar la necesidad de venta, considera que la misma es viable y por ende procede a autorizar el trámite de la venta, lo que permitiría a esta familia cumplir con la venta y posterior compra de un bien inmueble que mejorará su calidad de vida.
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