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MODIFICACIÓN EN LA COMPETENCIAS DE LAS COMISARIAS DE FAMILIA CON LA LEY 2126 DE 2021

INTRODUCCIÓN

Las comisaria de familia son instituciones creadas por el  “CODIGO DEL MENOR” decreto 2737 de 1989 como apoyo a las funciones  del instituto de Bienestar familiar.

Sin embargo, con el paso de tiempo sus funciones se hicieron más específicas y su rol dentro de sistema de bienestar ms relevante.

La Ley 2126 centro  el objeto misional de las COMISARIAS DE FAMILIA en la prevención y  protección de la violencia intrafamiliar

  1. PRINCIPAL AMBITO DE COMPETENCIA DE LAS COMISARIAS DE FAMILIA CON LA LEY 2126 DE 2021

Los comisarios de Familia serán competentes para conocer la violencia en el contexto familiar de orden , sexual, psicológico, patrimonial o económico, amenaza, agravio, ofensa o cualquier otra forma de agresión que se comete por uno o más miembros del núcleo familiar, aunque no convivan bajo el mismo techo, así como los cometidos contra el  cónyuge o compañero o compañera permanentes, aunque se hubieren separado o divorciado., contra los padres , aun cuando no convivan en el mismo hogar, contra las personas encargadas del cuidado de uno o varios miembros de una familia en su domicilio y contra personas que residan en el mismo hogar o integren la unidad doméstica sin relación de parentesco.

  1. COMPETENCIA DEL COMISARIO DE FAMILIA EN PROCESO DE RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

Cuando en un mismo municipio concurran Defensorías de Familia y Comisarías de Familia, la Comisaría de Familia se encargará de prevenir, garantizar y restablecer los derechos de los niños, niñas y adolescentes CUANDO SE PRESENTEN VULNERACIONES O AMENAZAS DE DERECHOS DENTRO DEL CONTEXTO DE LA VIOLENCIA FAMILIAR, excepto cuando se trate de cualquier forma de violencia sexual, que serán de competencia del defensor de familia

  1. LAS COMISARIAS DE FAMILIAS YA NO RECIBIRÁN SOLICITUDES DE CONCILIACIÓN

Quien requiera convocar una conciliación en materia de familia  pueden acudir ante las DEFENSORIA DE FAMILIA DE ICBF, quienes conservan estas competencias, y ante otras autoridades con facultades de conciliador como la PERSONERIA o  LA PROCURADURIA

También  pueden acudir a centro de conciliación privados, o ante los consultorios jurídicos de las facultades de derecho  quienes también prestan este servicio de manera gratuita.

  1. COMPETENCIA RESIDUAL

En todos los municipios de Colombia debe existir como mínimo una comisaria de familia. Por tanto,  el conocimiento de los proceso de competencia del ICBF ( por ejemplo restablecimiento  de derecho)  será asumida por los comisarios y Comisarías de Familia solo en aquellos municipios donde el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar no hubiere designado un defensor o defensora de familia.

CONCLUSIÓN

Todos los esfuerzos  y políticas públicas encaminadas a prevenir y a proteger las víctimas de violencia intrafamiliar son importantes, pues  las cifras de este flagelo se han incrementado dramáticamente . Sin embargo también debe existir un compromiso institucional para el  sistema de bienestar familiar y sobre todo fortalecer las defensorías de familia para que los comisarios puedan centrarse en  su objeto misional de prevenir, proteger, restablecer, reparar y garantizar los derechos de quienes estén en riesgo, sean o hayan sido víctimas de violencia en el ámbito familia o por motivos se genero

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