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DERECHO DE PETICIÓN Y TUTELAS EN SALUD

INTRODUCCIÓN

La salud se ha constituido como un derecho fundamental del ser humano y es por ello que se debe buscar la calidad en ese servicio, que se reconozca la labor que desarrollan los profesionales de la salud y que el sistema se pueda sostener financieramente. Es por ello que el Estado Colombiano debe buscar la mejora continua en este ítem importante del desarrollo humano, dando bienestar y excelentes condiciones, disminuyendo cualquier desequilibrio que se pueda presentar en la atención de los afectados en su salud y buscando mecanismos de prevención de enfermedades.

ES LA SALUD UN DERECHO FUNDAMENTAL

Se ha pasado por varias etapas con relación al derecho a la salud. Primero no se consideraba un derecho fundamental sino un derecho social o prestacional. Posteriormente se consideró un derecho fundamental pero condicionado a la conexidad como otros derechos fundamentales como la vida, la integridad y la dignidad humana. Ahora se considera que la salud es un derecho fundamental por sí mismo.

CUALES SON LOS TEMAS QUE EN SALUD GENERAN DERECHOS DE PETICIÓN Y TUTELAS EN COLOMBIA

Las solicitudes de los ciudadanos en temas de salud, van encaminadas a los siguientes grupos de temas principalmente:

  • Servicios Médicos: incluye este concepto tratamientos, medicamentos, citas médicas especializadas, procedimientos quirúrgicos, prótesis, ortesis(es un aparato que se aplica externamente, con la finalidad de modificar las características estructurales y funcionales del sistema neuromusculoesquelético.), insumos médicos, procedimientos diagnósticos y examen diagnóstico.
  • Grupos adicionales: No es el servicio de salud específico, pero si hace relación a la atención en salud: Transporte, viáticos, problemas con afiliaciones, servicios ambulatorios.
  • Temas relacionados con las afiliaciones a salud.
  • Temas que no son de salud, pero pueden generar su afectación: fallas en servicios públicos, exceso de ruido y otros.

LIMITES DEL DERECHO A LA SALUD

Aunque estas limitantes han ido evolucionando jurisprudencialmente, aún hay restricciones en los temas:

  • Servicios de salud estéticos
  • Gafas y cirugías de ojos
  • Tratamientos de fertilidad
  • Tratamientos de desintoxicación
  • Prótesis
  • By Pass Gástrico
  • Servicios de odontología
  • Alergias

CONCLUSIÓN

En cualquier caso, para soportar la necesidad de acudir a la tutela, lo define en temas de salud la urgencia en la que se encuentra el titular del derecho o una persona que dependa del mismo, para evitar que se de un perjuicio irremediable. Incluso estas tutelas generan la posibilidad de aplicar medidas provisionales aún sin dictar una decisión de fondo.

 

1 Comment

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    luis

    mayo 16, 2022 - 4:41 pm

    Excelente información.

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